SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2017-S2

Fecha: 20-Feb-2017

II.4.

II.4.  Por nota presentada el 30 de octubre del 2016, Nair Ivanna Hurtado Frías, solicitó al Presidente de la FFCCUSS Oruro lo siguiente:               a) Certificación escrita y formal de que su persona tiene alguna deuda pendiente con dicha institución; b) Una fotocopia legalizada de los informes económicos donde demuestre que tiene deudas y una fotocopia del acta de la Asamblea llevada a cabo  el 9 de octubre de 2016; y,      c) Reitero, su solicitud de que se le permita cancelar la cuota correspondiente al primer convite del carnaval 2017.  Dicha nota contiene la dirección y número de celular de la citada “DOM. BARRIO JARDIN K-6 CEL 1249006” (fs. 8)