SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2017

Fecha: 23-Mar-2017

II.7.

II.7.    Cursa certificado de 2 de octubre de 2014, extendido por Valentín Ortiz Ramos, Mallku Central de Lunlaya de la nación Kallawaya, de la provincia Bautista Saavedra del departamento de La Paz, mediante el cual acredita que: Apolinar Ramos Quispe, Secretario General; Rubén Quispe Condori, Secretario de Relación; Dámaso Huanca Mamani, Secretario de Organización; Hilario Ramos Condori, Secretario Vocal; y, Ladislao Huallpa Flores, Secretario de Actas; son autoridades únicas legítimamente elegidas por el indicado Ayllu, que fueron reconocidos por sus organizaciones matrices. Por su parte, Dionicio Carrión Mamani, Ejecutivo provincial de la Federación de Quechuas y Aymaras de la provincia Bautista Saavedra Tupak Katari Bartolina Sisa, en mayo de 2014, certificó que las indicadas personas y Teófilo Quispe, Secretario de Justicia, son “compañeros” legítimamente elegidos como autoridades originarias de Huch’uy Ayllu Originario Lunlaya, y son legalmente reconocidos por sus organizaciones matrices (fs. 1 y 2).