SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2017

Fecha: 23-Mar-2017

III.1   El principio del pluralismo jurídico igualitario

El art. 1 de la Constitución Política del Estado (CPE), establece que Bolivia se funda, entre otros valores y principios, en el pluralismo jurídico. Constitucionalmente, la función judicial es única, pero se ejerce a través de las diferentes jurisdicciones. Entre ellas figuran la jurisdicción ordinaria ejercida por el Tribunal Supremo de Justicia, los tribunales departamentales de justicia, los tribunales de sentencia y jueces; la jurisdicción agroambiental por el Tribunal y jueces agroambientales; y, la jurisdicción IOC se ejerce por sus propias autoridades.

Según el art. 179.II de la Norma Suprema, la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción IOC gozan de igual jerarquía. De esto se desprende el principio del pluralismo jurídico igualitario, cuyo contenido significa que el sistema jurídico propio de las naciones y pueblos indígenas originario campesinos (NPIOC) de carácter oral se respeta y aplica en igual jerarquía que el de tipo escrito constituido mediante códigos y leyes. Así, el Estado, a través de su Órgano Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional e instituciones involucradas, en el cumplimiento de las funciones de impartición de justicia, en el diseño e implementación de políticas públicas sobre dicho tema, asume el deber constitucional de promover y fortalecer el sistema de la JIOC, en el marco de la Constitución Política del Estado y los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos.

Cuando se produce conflicto de competencias jurisdiccionales entre las autoridades de la jurisdicción IOC y las de la jurisdicción ordinaria o viceversa, el mismo debe ser resuelto conforme al art. 179.II de la CPE; es decir, en aplicación del principio del pluralismo jurídico y la interculturalidad, entendida esta última como una técnica que promueve el respeto de las particularidades de la identidad cultural en la tramitación de procesos judiciales.