SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2017-S1

Fecha: 09-Mar-2017

III.7.  Análisis del caso concreto

En virtud a los antecedentes señalados, el accionante denuncia la vulneración de sus derechos a ser juzgado dentro de un plazo razonable, a una justicia pronta y oportuna, al debido proceso, a la libertad, seguridad personal, dignidad, legalidad y principios de seguridad jurídica y de separación de los órganos del Estado; toda vez que, dentro el proceso penal que le sigue el Ministerio Público, las autoridades demandadas mediante Auto de Vista 047 de 17 de marzo de 2016, revocaron la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, que le fue concedida por el Tribunal de Sentencia Penal Quinto del departamento de Cochabamba, efectuando una interpretación arbitraria, abusiva y antojadiza de la ley, al señalar que existe una excepción al plazo razonable para ser procesado y que el mismo en este caso corre después de cuatro años de que la supuesta víctima haya alcanzado la mayoría de edad, aplicando ilegalmente por analogía el art. 14 de la Ley 2033 referente a la prescripción de la acción penal.

Sobre lo señalado, el accionante pretende que éste Tribunal ingrese a revisar la interpretación de legalidad efectuada por la justicia ordinaria, denunciando la indebida aplicación de la ley, considerando que la misma se emplea una norma impertinente a la relación fáctica establecida en el proceso, por lo que, se ingresa a resolver en el fondo.