SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2017-S1

Fecha: 09-Mar-2017

denegó

La Jueza Pública Civil y Comercial Decimocuarta del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías mediante Resolución 04/2016 de 24 de noviembre, cursante de fs. 593 a 598 vta., denegó la tutela solicitada, sobre la base de los siguientes fundamentos: i) De conformidad a la SCP 1747/2013 de 21 de octubre, se tiene que la entidad accionante no cumplió con las subreglas desarrolladas en dicha Sentencia, por lo que no se abre la competencia de la jurisdicción constitucional para realizar la interpretación de la legalidad solicitada mediante la presente acción de defensa; ii) De acuerdo a la jurisprudencia en materia constitucional, en el presente caso, la entidad impetrante de tutela no acreditó la relación de causalidad entre los hechos ocurridos y el derecho vulnerado, por lo que no es posible ingresar a realizar la interpretación de la legalidad ordinaria efectuada en la Sentencia 11, ahora cuestionada; iii) La acción de amparo constitucional no se activa para reparar incorrectas interpretaciones o indebidas aplicaciones del derecho, por tanto, no es coherente revisar causas judiciales ordinarias o administrativas en virtud del principio de subsidiariedad, excepto cuando se demuestre lo contrario mediante suficiente carga argumentativa; y, iv) La entidad accionante pretende que el Juez de garantías, repare la incorrecta aplicación o interpretación del derecho cuando alega que las autoridades judiciales ahora demandadas debían aplicar la norma civil por supletoriedad ante el vacío del Código Tributario Boliviano.