SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2017-S1
Fecha: 09-Mar-2017
II.1.
II.1. Cursa Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0968/2015 de 26 de mayo, emitida por Daney David Valdivia Coria, Director Ejecutivo a.i. de la AGIT, que revocó parcialmente la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-CBA/RA 0207/2015 de 2 de marzo, dictada por la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria (ARIT) Cochabamba, dentro del recurso de alzada interpuesto por el contribuyente, Julio Mario Ortiz Achá, contra la Gerencia Distrital del mismo departamento del SIN; consecuentemente, se declaró prescrita la facultad de la ejecución tributaria respecto del PIET 2164/2010, emitido por la Resolución Sancionatoria 160/2009, manteniendo, en efecto, firme y subsistente la facultad de la ejecución tributaria respecto a los PIET 2169/2010, 2168/2010, 2170/2010, 853/2010, 854/2010, 855/2010, 856/2010, 0238/2010, 0239/2010, 0256/2010, 0255/2010, 0237/2010, 0236/2010, 0235/2010, 0240/2010, 0258/2010, 0259/2010, 0253/2010, 0254/2010, 0252/2010, 0260/2010, 0257/2010 y 0261/2010, según lo establecido en el Auto 25-01277-14 de 2 de octubre, de conformidad a los previsto en el art. 212.I.a) del CTB (fs. 482 a 493).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- I.2.3. Informe de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La función de los derechos fundamentales y su protección por medio de la acción de amparo constitucional en el Estado Plurinacional
- Fragmento 15
- III.2. Del debido proceso en sus elementos de fundamentación y motivación de resoluciones y la congruencia
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte