SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0154/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0154/2017-S3

Fecha: 10-Mar-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Trabajó durante tres años y seis meses en la empresa TOYOTA BOLIVIA S.A. como Asesor Comercial, sin ningún problema o llamada de atención grave, hasta que de forma sorpresiva fue notificado con un Memorando de severa llamada de atención sin goce de haberes arguyendo que encubrió a Harold Lora, Jefe de Ventas, quien solicitó dinero por adelantado de la venta de autos; posteriormente, fue despedido de forma verbal indicándole que debía cobrar sus beneficios sociales; empero, el finiquito que le presentaron era totalmente injusto e incompleto.

Ante la referida injusticia, recurrió al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social denunciando que fue sometido a un despido injustificado e ilegal, puesto que no se consideró que era padre progenitor de una menor a un año de edad, por lo que goza de inamovilidad laboral; en ese entendido, la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de La Paz, convocó a una audiencia de conciliación, la cual fue abandonada por el representante de la parte empleadora, luego de dicho acto la referida entidad administrativa mediante Conminatoria J.D.T.L.P./48-VI-CPE/D.S.0496/EVG/21-A/2016 de 8 de julio, conminó a la empresa empleadora a que se lo reincorpore inmediatamente a su fuente laboral al mismo puesto, más el pago de salarios devengados y otros derechos sociales, determinación que no se cumplió, infringiendo su derecho a la inamovilidad laboral, omitiendo considerar que fue despedido por actos irregulares que cometió otra persona.