Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2017-S1
Fecha: 10-Mar-2017
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de abuso sexual con agravante, por Auto de 16 de octubre de 2016, se dispuso aplicar la medida cautelar de detención preventiva, determinación que fue asumida en virtud a la concurrencia del presupuesto procesal previsto en el art. 233.1 del Código de Procedimiento Penal (CPP), y de los riesgos procesales insertos en los arts. 234.1, 2, 6, 8 y 10, así como el numeral 2 del art. 235, todos del mencionado Código.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 13
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- no obstante, que éste recurso no requiere de mayores formalidades para su presentación; sin embargo, cualquier acto ilegal que vulnere el derecho a la libertad y que sea atribuible al demandado debe ser debidamente acreditado por los medios de prueba permitidos por el ordenamiento jurídico, no siendo suficiente lo aseverado por las partes en audiencia´.
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso concreto
- i)
- REVOCAR