SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0174/2017-S2
Fecha: 06-Mar-2017
II
La accionante a través de su representante legal denuncia la vulneración de los derechos al debido proceso, a la defensa, a una resolución fundamentada, motivada y congruente, y a la seguridad jurídica, por cuanto el Fiscal Departamental de Potosí, dentro de la etapa de investigación que sigue el Ministerio Público a denuncia de la Aduana Nacional de Bolivia contra Yolanda Rosario Gonzales Foronda y otros, por los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, el Fiscal de Materia emitió requerimiento de sobreseimiento el 20 de noviembre de 2015, cuya impugnación fue resuelta por Resolución FDP-S/FACM 011/2016, la cual es totalmente ilegal, incongruente y carente de la debida fundamentación, debido a que no consideró la presentación del poder y subsanó la observación dentro de plazo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II
- fundamentación
- Entendimiento a ser aplicado cuando el Fiscal Departamental emita su resolución jerárquica ya sea revocando o ratificando el sobreseimiento dispuesto por el fiscal de materia en favor del imputado, por cuanto no puede limitarse únicamente a la citación de algunas pruebas, sin individualizar la actuación de los imputados y sin examinar su conducta en relación a los elementos constitutivos de los delitos por los que se les imputó, razón por la cual el fiscal superior deberá verter el razonamiento jurídico de su decisión sin dejar duda en el justiciable.
- Por lo que, la resolución fiscal debe estar debidamente fundamentada, lo que significa que resolviendo el fondo, su requerimiento debe cumplir exigencias de estructura de forma como de contenido, no limitándose a relatar lo ya expuesto por los sujetos procesales, sino citar los elementos probatorios aportados por éstos, exponer su criterio sobre el valor dado a las mismas luego del contraste y valoración que hagan de ellas y aplicando las normas jurídicas a resolver, evitando así tomar decisiones arbitrarias’”
- III.2. Principio de congruencia
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo