SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0174/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0174/2017-S3

Fecha: 13-Mar-2017

concedió

La Jueza Pública Mixta e Instrucción Penal de Vinto del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 26 de enero de 2017, cursante de fs. 47 a 50 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo “…que la autoridad accionada disponga la notificación inmediata con la repuesta al memorial de fecha 7 de diciembre de 2015 y memoriales reiterativas de 1° de junio de 2016 y 28 de septiembre de 2016, a los accionados [siendo lo correcto a los ahora accionantes] bajo conminatoria de ley” (sic), con los siguientes fundamentos: a) Ante la inexistencia de la notificación con la nota de 19 de noviembre de 2016, que de acuerdo al informe presentado por la autoridad demandada dio repuesta al memorial de 28 de septiembre de igual año, se mantiene vigente el derecho de petición; b) La parte accionante señaló como lugar de notificaciones la Secretaría de despacho del Gobierno Autónomo Municipal de Vinto, donde la autoridad demandada debió comunicar la respuesta señalada, no pudiendo haber procedido a su archivo sin antes cumplir con la notificación indicada; c) Los accionantes reiteraron su solicitud mediante dos memoriales de 1 de junio y 28 de septiembre del citado año, hecho que denota que estuvieron pendientes de recabar la respuesta a su petición; y, d) Transcurrió el tiempo correspondiente para otorgar una respuesta oportuna, cuyo contenido positivo o negativo permitirá ejercer el derecho de acudir a las vías correspondientes.