Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0174/2017-S3
Fecha: 13-Mar-2017
II.4.
II.4. A través de la nota G.A.M.V./1105/2016 de 19 de noviembre, dirigida a los ahora accionantes, María Patricia Arce Guzmán, Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de Vinto -hoy demandada- respondió al memorial de 28 de septiembre de 2016, adjuntando Informe Legal I.L.-D.A.L. 226-C/2016 de 16 de noviembre (fs. 29 a 35), y por informe de 25 de enero de 2017, la Secretaria de despacho del citado Gobierno Autónomo Municipal hace conocer a la autoridad ahora demandada que los solicitantes “hasta la fecha” no se apersonaron a recoger respuesta (fs. 28).