Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2017-S3
Fecha: 13-Mar-2017
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante Nicolás Sosa Vargas en audiencia señaló que pertenecen al campo y no son profesionales, motivo por el cual desconocen cómo realizar trámites; aun así, fueron a insistir que sus solicitudes sean respondidas y Milton Francisco Aguilar García, Encargado de Personalidades Jurídicas del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz “…me pidió dinero para las fotocopias y le entregue pero así mismo no me entregó el desglose…” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de la jurisprudencia constitucional relativa al derecho de petición, su alcance y los requisitos para ser tutelado
- c) Habiéndose presentado la petición respetuosa, la autoridad no la responde dentro de un plazo razonable
- ) La prontitud y oportunidad de la respuesta
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR