Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2017-S3
Fecha: 13-Mar-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian la vulneración de su derecho de petición, por cuanto el 1 de julio y 12 de septiembre de 2016, solicitaron al ahora demandado les proporcione fotocopias legalizadas de los Títulos Ejecutoriales presentados por los representantes de una autodenominada e ilegal Comunidad Chacahuara y el desglose inmediato de su personalidad jurídica original de la Comunidad Jupani Chico Chacahuara, presentada en calidad de prueba ante la Unidad de Personalidades Jurídicas del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz; empero, hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, no se dio respuesta alguna.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de la jurisprudencia constitucional relativa al derecho de petición, su alcance y los requisitos para ser tutelado
- c) Habiéndose presentado la petición respetuosa, la autoridad no la responde dentro de un plazo razonable
- ) La prontitud y oportunidad de la respuesta
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR