Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0184/2017-S3
Fecha: 13-Mar-2017
II.1.
II.1. Cursa Acta de Asamblea General de la Cooperativa Multiactiva “Catavi - Siglo XX” Ltda., de 26 de febrero de 2015, en cuyo orden del día se tienen los Informes de balance general de octubre de 2013 a septiembre de 2014 y los de gestión del Directorio anterior a la cabeza de Jorge Zurita Ayala -hoy accionante- como Presidente del Consejo de Administración de la citada Cooperativa; que al no ser aprobado el mismo, se dispuso la conformación de una comisión revisora (fs. 209 a 215).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió la tutela
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho al debido proceso y el derecho a la defensa en procesos sancionatorios
- El debido proceso es el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo. Comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que una persona a quien se le imputa la comisión de un delito o contravención, pueda defenderse adecuadamente
- la amplia jurisprudencia constitucional ha sentado un precedente contundente al establecer que toda sanción, sea en el ámbito privado o público, debe ser impuesta previo a un proceso, en el cual se respeten los derechos y garantías reconocidos en la Norma Suprema.
- En ese entendido, para la separación o expulsión de un asociado, corresponde indicar que la decisión que se asuma no debe ser arbitraria, sino por el contrario, debe responder a las normas legales, estatutarias y reglamentarias que rigen a la asociación y que de manera clara deben establecer las causales y procedimientos de separación y expulsión, debiendo el asociado conocer los motivos de su expulsión o separación para que en su caso pueda impugnar la decisión, lo contrario desconocería el núcleo esencial del derecho de asociación’
- En el ámbito de relaciones societarias privadas y las sanciones que puedan imponerse al interior de las mismas, el debido proceso, regula y limita la potestad sancionatoria, estableciendo los elementos mínimos que deben ser observados de manera previa a la imposición de una sanción, siendo uno de ellos la prohibición de sancionar sin la existencia de un previo proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR