SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2017-S2

Fecha: 13-Mar-2017

a)

El abogado del accionante ratificó in extenso el memorial de su acción de libertad, fundamentando además que: a) Se dispuso la detención preventiva de su cliente y que en apelación se sustituyó por detención domiciliaria con horarios de salida a trabajar; b) La profesión de su cliente es músico, por lo que, no tiene un horario de trabajo establecido; consiguientemente, para cada salida, debe presentar memorial ante el juzgado, los cuales no fueron atendidos oportunamente, ocasionándole pérdidas de trabajo, por lo que, solicitó la cesación de la detención domiciliaria el 23 de diciembre de 2016, misma que no salió sino hasta los primeros días de enero de 2017, con un señalamiento de audiencia para el 6 de marzo de “2016” (sic), justificando la demora a un rol de audiencias saturado y el ingreso a vacaciones judiciales, además de anunciarle verbalmente que el expediente no pasaría al juzgado de turno, motivo por el que solicitó el adelanto del señalamiento de audiencia o en su caso se remita al juez de turno, solicitud que no tuvo respuesta, sino hasta el momento de remisión del proceso ante el presente Juzgado; y, c) En vista de que ya existe respuesta, simplemente se pone a conocimiento el reclamo respecto al señalamiento tardío.