SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2017-S2

Fecha: 13-Mar-2017

III.2.

Al respecto, la SCP 1033/2015-S3 de 29 de octubre, reiterada por la     SCP 1039/2015-S3 de 29 de octubre y la SCP 0905/2016-S2 de 26 de septiembre, estableció: La sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal, deviene por la desaparición de los supuestos fácticos que motivaron su activación, porque la violación o amenaza de violación del derecho cesó; y, consecuentemente el hecho denunciado, dejó de vulnerar las garantías o derechos constitucionales; debido al cumplimiento del acto reclamado, con su consecuente restitución.

Asimismo, el objeto procesal constituye el elemento sustancial a resolver por la jurisdicción constitucional; en tal sentido ante la sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal, en acción de libertad; cuando el petitorio ha devenido en insubsistente; por la desaparición del hecho o supuesto que lo sustentaba; se inhibe un pronunciamiento sobre el fondo de la pretensión, correspondiendo la sustracción del mismo; toda vez que la eventual concesión de la tutela, se tornaría en ineficaz e innecesaria”.