SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2017-S2

Fecha: 13-Mar-2017

del proyecto “CONST. NUEVA ESTACIÓN DE BOMBEO DE AGUA POTABLE MUNICIPIO COBIJA” CONSTRUCCIÓN ESTACIÓN BOMBEO SISTEMA DE AGUA POTABLE COBIJA

Además se evidencia de los antecedentes del presente caso, contenidos en las Conclusiones II.3, II.4 y II.5 del presente fallo constitucional,  que la parte accionante, presentó una nota y cartas notariadas ante el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, con la finalidad de una parte de notificar a Luis Gatty Ribeiro Roca, Alcalde Municipal del Gobierno Autónomo de Cobija el incumplimiento de contrato del proyecto del proyecto “CONST. NUEVA ESTACIÓN DE BOMBEO DE AGUA POTABLE MUNICIPIO COBIJA” CONSTRUCCIÓN ESTACIÓN BOMBEO SISTEMA DE AGUA POTABLE COBIJA”, de otra parte a través de la carta notariada presentada el 5 de septiembre de 2016 comunicó a dicha autoridad la intención de resolución del contrato citado y por nota presentada 18 de febrero de 2016 comunicó la resolución del mismo, actos de los cuales se evidencia la aplicación de las reglas para la resolución del contrato previstas en  la cláusula Vigésima Primera, punto 20.4 del Contrato administrativo de obras 02/2013, suscrito por el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija  y la “Asociación Accidental Amazonia” representada por Wilson Northon Mogro Hamel, ahora accionante, contrato administrativo señala: “20.4 aplicables a la Resolución: