SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0206/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0206/2017-S2

Fecha: 13-Mar-2017

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante, ratifico y amplió los fundamentos expuestos en su demanda, manifestando que cursa el acta del accionante, habiendo siendo electo con ciento veinticinco votos, certificado de Gonzalo Yucra que establece que son quinientos setenta y ocho los afiliados y con la supuesta y arbitraria resolución, solicitó el acta y que les contesten indicándole que había cesado en sus funciones; empero, en ninguna parte del reglamento dice que acuda a la Federación Sindical Única de Comunidades Campesinas de Tarija (FSUCCT), les negaron la copia del acta. Respecto al informe de la corregidora, no son ni ilegal ni constitucionalmente reconocidos, solamente son reconocidos los sindicatos agrarios, el informe de la corregidora no tiene ningún valor legal; por otro lado, en el reglamento se indica como destituir a todo el directorio, todo el procedimiento fue arbitrario e ilegal sin justificación y los extremos los cometieron los demandados, solicitando se conceda la tutela y sea con costas.