SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0206/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0206/2017-S2

Fecha: 13-Mar-2017

realizar investigaciones de las denuncias, ya sean de dirigentes y afiliados, para solucionar los problemas que se tienen en la federación, centrales, subcentrales y comunidades, a partir de la fecha de aprobación del merituado Estatuto

En ese contexto, conforme se tiene glosado en el Fundamento Jurídico III.2 del presente fallo constitucional, el Reglamento interno que rige al Sindicato Agrario de la Comunidad de San Andrés, funciona bajo la dirección y amparo del Estatuto Orgánico de la FSUCCT, siendo dicho Estatuto de cumplimiento obligatorio para todos sus miembros afiliados y dirigentes de todas las instancias de la organización sindical; consignándose en éste, al Tribunal de Disciplina Sindical, que tiene por misión aplicar sanciones de acuerdo a las faltas cometidas y contenidas en el Estatuto Orgánico y Reglamento interno, y entre sus atribuciones está la de realizar investigaciones de las denuncias, ya sean de dirigentes y afiliados, para solucionar los problemas que se tienen en la federación, centrales, subcentrales y comunidades, a partir de la fecha de aprobación del merituado Estatuto, conforme se tiene desarrollado en el Fundamento Jurídico III.2.1 de la presente Resolución; consecuentemente, es ante dicha instancia a la cual debió acudir el accionante, previamente a la interposición de la presente acción constitucional, presentando la denuncia correspondiente, al haber sido destituido del cargo de Secretario General del Sindicato Agrario San Andrés, en la Asamblea General Ordinaria celebrada el 13 de noviembre de 2016, en la comunidad de San Andrés, provincia Cercado del departamento de Tarija, para que sea dicho Tribunal quien conozca el caso y se pronuncie al respecto, conforme se señaló precedentemente.