SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2017-S3

Fecha: 21-Mar-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Por Auto de Vista 3/2017 de 5 de enero, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dispuso la cesación de su detención preventiva, aplicándole entre otras medidas sustitutivas la detención preventiva y la presentación de dos garantes personales a ser constituidos en audiencia.

El 11 de enero de 2017, presentó memorial ante el Juez de Partido y Sentencia Penal de Challapata del departamento de Oruro -ahora demandado-, solicitando fije día y hora de audiencia para la acreditación de los fiadores; por lo que la referida autoridad emitió providencia en el día, señalando audiencia para el 23 de igual mes y año a horas 16:30, doce días después de lo impetrado.

Si bien el Código de Procedimiento Penal no establece un plazo para la celebración de la audiencia de acreditación de fiadores, es imperioso hacer una interpretación lógica de otros institutos jurídicos, más aun considerando que esta misma es una condicionante para materializar el mandamiento de libertad conforme a lo establecido por el art. 245 del citado Código.