Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0243/2017-S2
Fecha: 20-Mar-2017
II.6
II.6 Cursan Anexos 1, 2 y 3, relacionados al poder especial y bastante que confiere Wilson Jacinto Arandia Capriles en su condición de Gerente General a.i. de SEPSA en favor de Humberto Gonzalo Barrios Arostegui, testimonio 0091/2017 de 31 de enero (fs. 1 a 5 vta. del Anexo 1); memorial de descargo ante la Jefa Departamental del Trabajo (fs. 1 a 3 vta. del Anexo 2); y, pruebas de descargo presentados en audiencia contra el accionante, investigación penal que sigue el Ministerio Público a denuncia de Guido Ángel Villegas Canaviri contra Walter Gonzales Choque y otro, como Resoluciones Administrativas de proceso interno seguido en su contra (fs. 1 a 200 del Anexo 3).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre el cumplimiento de la conminatoria de reincorporación emitida por las Jefaturas Departamentales del Trabajo, dependientes del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, por parte del empleador
- para hacer cumplir las órdenes de conminatorias y revisar las mismas
- III.3. El carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional tiene su excepción, en razón a la necesidad de protección inmediata que requieren algunos derechos constitucionales
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo