SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0263/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0263/2017-S2

Fecha: 20-Mar-2017

1)

El abogado de la parte accionante ratificó in extenso el contenido de la demanda de acción de amparo constitucional y la amplió señalando que: 1) Respecto al informe presentado por las autoridades demandadas, en cuanto a que  la acción de amparo constitucional no es una instancia de apelación, en el presente caso no fue utilizada en ese sentido; sino porque se vulneraron los derechos y garantías constitucionales, al emitir una resolución sin fundamentos; 2) No se interpone esta acción tutelar por haber salido perdidosos o para que se revise el fondo, sino para que se examine cuál fue la valoración que realizó la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, para dictar la Sentencia 431/2015 y obviamente dejar sin efecto una resolución contractual que ha realizado la Gobernación del departamento de Tarija con la empresa SERGEO; 3) La notificación realizada con la carta de resolución de contrato de 24 de abril de 2012, fue recibida por la Empresa el 27 del mismo mes y año; y, fue practicada mediante cédula y también de forma personal, con Notario de Gobierno de Cochabamba, considerándose ello una ilegalidad, sin que se explique por qué sería una ilegalidad tal acto; y, 4) Se llega a la conclusión de que la Gobernación habría incumplido el art. 3 del Decreto Supremo (DS) 0181 de 28 de julio de 2009, habiendo transcurrido cinco meses, pero solo hace referencia a la demanda y contestación, pero no establece en base a que prueba el Tribunal Supremo de Justicia hubiese tomado esta decisión.