SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0264/2017-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0264/2017-s2

Fecha: 20-Mar-2017

Fragmento 15

La SCP 1012/2015-S2 de 14 de octubre, se señaló: “Al respecto, el Código de Procedimiento Civil, en su art. 250, ha previsto el recurso de casación para invalidar una sentencia o auto definitivo en los casos expresamente señalados por la ley. Podrá ser de casación en el fondo y de casación en la forma, los que podrán ser interpuestos al mismo tiempo. De la misma manera instituye en el art. 251 la nulidad, cuando ésta estuviere expresamente determinada por ley. Por su parte, los arts. 252 y 253 del mismo compilado legal, establecen el recurso de casación en el fondo, cuando la sentencia recurrida contuviere violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley y el de casación en la forma, por haberse violado las formas esenciales de proceso, cuando la sentencia o auto recurrido hubiere sido dictado.