SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0283/2017-S1
Fecha: 31-Mar-2017
II.1.
II.1. Mediante Auto ATT-DJ-A TR LP 245/2015 de 1 de abril, emitida por Luis Felipe Guzmán Sanjinés, Director Ejecutivo a.i. de la ATT, dispuso: a) Formular cargos contra la Compañía de Servicios de Transporte Aéreo Amaszonas S.A., por el presunto incumplimiento de TMR para el servicio público de transporte aéreo doméstico regular de pasajeros, establecidas en la RA SC-STR-DS RA-0144/2005 de 12 de septiembre, infracción prevista en el art. 37 del Decreto Supremo (DS) 24718 de 22 de julio de 1997, que aprueba las normas para la regulación de los servicios aeronáuticos y aeroportuarios; y, b) Correr en traslado el referido Auto a la citada Compañía, para que en el plazo de diez días hábiles administrativos, a partir de su notificación, conteste y acompañe la prueba que estime pertinente, de acuerdo al art. 77.II del Reglamento de la Ley del Procedimiento Administrativo para Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE), aprobado mediante DS 27172 de 15 de septiembre de 2003 (fs. 78 a 90).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La función de los derechos fundamentales y su protección mediante la acción de amparo constitucional en el Estado Plurinacional
- III.2.
- III.3. De la relevancia constitucional como requisito indispensable para conceder la tutela solicitada
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR