AUTO CONSTITUCIONAL 0147/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0147/2017-RCA

Fecha: 25-Abr-2017

improcedencia “in limine”

La Jueza Pública de Familia Primera en suplencia legal de su similar Octavo del departamento de Oruro, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 2/2017 de 30 de marzo, cursante a fs. 229 y vta., declaró la improcedencia “in limine” de la acción tutelar, argumentando que conforme lo previsto en el art. 55.I del Código Procesal Constitucional (CPCo), el plazo para la interposición de la acción de defensa es de seis meses a partir de la comisión de la lesión alegada; por lo que, la accionante al señalar como acto vulneratorio el Auto de Vista 54/2016 de 23 de septiembre; y considerando que, la presentación de la acción de defensa fue el 24 de marzo de 2017, la misma fue presentada de forma extemporánea, lo que implica el incumplimiento de los requisitos de admisibilidad.