Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2017
Fecha: 21-Abr-2017
ARTÍCULO 71. (IMPUESTOS) I.
a) La propiedad de bienes inmuebles urbanos y rurales, con las limitaciones establecidas en los parágrafos II y III del Artículo 394 de la Constitución Política del Estado, que excluyen del pago de impuestos a la pequeña propiedad agraria y la propiedad comunitaria o colectiva con los bienes inmuebles que se encuentren en ellas.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.
- III.1. Análisis del caso concreto
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- Consideraciones previas
- Cargo de incompatibilidad
- Control previo de constitucionalidad
- Fragmento 9
- Cargo de incompatibilidad en la DCP 0172/2015
- a)
- ARTÍCULO 71. (IMPUESTOS) I.
- compatibilidad
- Cargos de incompatibilidad en la DCP 0172/2015
- incompatibilidad
- ARTÍCULO 143. (PARTICIPACIÓN Y REPRESENTACIÓN). I.
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