Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2017
Fecha: 21-Abr-2017
incompatibilidad
Por tanto, bajo los fundamentos expuestos y los contenidos en la reiterada DCP 0097/2015, corresponde declarar la incompatibilidad con el texto constitucional de la integridad del ahora art. 143 del proyecto de Carta Orgánica, sin que ello implique, la no consignación de la representación de las Naciones y Pueblos Indígenas Originarios Campesinos (NPIOC), en la conformación del Concejo Municipal, toda vez que, solo implica la formulación correcta de la disposición normativa” (la negrilla corresponde al texto original).
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.
- III.1. Análisis del caso concreto
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- Consideraciones previas
- Cargo de incompatibilidad
- Control previo de constitucionalidad
- Fragmento 9
- Cargo de incompatibilidad en la DCP 0172/2015
- a)
- ARTÍCULO 71. (IMPUESTOS) I.
- compatibilidad
- Cargos de incompatibilidad en la DCP 0172/2015
- incompatibilidad
- ARTÍCULO 143. (PARTICIPACIÓN Y REPRESENTACIÓN). I.
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