SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2017-S2

Fecha: 03-Abr-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en su vertiente motivación, tutela judicial efectiva y acceso a la justicia alegando que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de su persona contra Irineo Dionicio Mendoza Callisaya por la supuesta comisión del delito de violencia familiar o doméstica; la Jueza de Instrucción Anticorrupción y Violencia contra la Mujer Primera del departamento de La Paz, emitió la Resolución sobre medidas cautelares 548/2016, resolviendo otorgar al imputado detención domiciliaria e imponiéndole medidas sustitutivas previstas en el art. 240 del CPP. Apelada la citada Resolución, a manera de agravios denunció varias acciones u omisiones en las que incurrió la Jueza inferior, entre ellas, la incorrecta valoración de elementos de prueba para considerar la aplicación de medidas cautelares, al no haberse desvirtuado algunos riesgos procesales, de igual manera denunció que la referida autoridad jurisdiccional hizo un ejercicio de proporcionalidad de la aplicación de medidas cautelares, aspecto que se encontraría prohibido por ley; sin embargo, los Vocales ahora demandados, al momento de emitir el Auto de Vista 229/2016 determinaron la admisibilidad de su recurso empero improcedentes las cuestiones planteadas en la apelación y confirmando en el fondo la Resolución impugnada; si bien efectuaron una revisión de los argumentos propuestos en cuanto a la concurrencia no solo de uno de los riesgos procesales; sin embargo, omitieron pronunciarse con relación al segundo presupuesto del recurso, sobre la incorrecta apreciación de la Jueza inferior en cuanto a la capacidad que tienen los jueces de realizar un juicio de proporcionalidad de las medidas cautelares.