SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0293/2017-S1
Fecha: 12-Abr-2017
denegó
El Tribunal de Sentencia Penal Quinto del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante la Resolución 03/2017, cursante de fs. 15 a 16 vta., denegó la tutela, bajo los siguientes fundamentos: 1) Acerca del procesamiento indebido, de conformidad con la SCP 0028/2012 –no refiere fecha–, estos debían repararse a través de la acción de libertad, cuando exista directa causalidad entre el acto acusado de lesivo y la libertad, previo agotamiento de los mecanismos de defensa, salvo estado de indefensión; 2) La SCP 1425/2012 –no señala fecha–, estableció que en el caso de supuesta aprehensión ilegal, la falta de notificación a las partes que cause lesión al debido proceso, debe impugnarse ante el juez de instrucción penal, a través del incidente de actividad procesal defectuosa; 3) Acerca de la apelación pendiente, se tuvo que la parte querellante desistió de la misma; y, 4) Las SSCC 0170/2005-R, 2198/2010-R y 0692/2011-R, establecieron que cuando la norma procesal ordinaria, prevean medios de defensa para resguardar la libertad supuestamente lesionada, como la emisión indebida del mandamiento de aprehensión, correspondía activarse la norma intraprocesal a través de los recursos ordinarios; por lo que, se denegó la tutela.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- i)
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- cuando el afectado previo a interponer este medio de defensa, tenía a su alcance otras vías ordinarias o medios idóneos de impugnación
- todo imputado
- cuando se pruebe que una vez activados ésos mecanísmos procesales,
- con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregirla arbitrariedad denunciada
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa para restituir el derecho a la libertad vulnerado
- Fragmento 14
- es el medio idóneo para impugnar
- recurso de apelación incidental como un medio de impugnación a las resoluciones judiciales que resuelven medidas cautelares,
- solamente cuando no se hayan restituido los derechos afectados, pese a haberse agotado las vías específicas
- materializa y pretende hacer efectiva la función y rol del juez de instrucción en lo penal, como autoridad jurisdiccional facultada competencialmente para controlar
- CONFIRMAR