Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0296/2017-S1
Fecha: 12-Abr-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de su derecho a la libertad, por haber sido indebidamente privado de aquella, al haberse ejecutado el mandamiento de apremio en horas inhábiles y dentro del periodo de vacación judicial sin tomar en cuenta que la Circular 07/2016 emitida por la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dispone que durante este lapso de tiempo no se podía ejecutar ningún mandamiento de apremio, situación que tampoco fue observada por el Gobernador de la Cárcel pública de Arani, donde fue conducido.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado y el nuevo sistema de justicia
- seguridad jurídica
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- restablecer las formalidades legales
- el juez constitucional bajo los principios de la potestad de impartir justicia, previstos en el art. 178 de la CPE, entre ellos, el de celeridad, servicio a la sociedad, armonía social y respeto a los derechos, asume un rol fundamental en la búsqueda de la verdad material, para constatar la lesión a los derechos alegados como vulnerado en la acción de libertad
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1)
- CONFIRMAR