SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0296/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0296/2017-S2

Fecha: 03-Abr-2017

Fragmento 3

Que el presidente de la ACFO, instaló una reunión el 20 de diciembre de 2016, con la presencia de varios frentes, así como miembros del Comité Electoral, para posteriormente retirarse aduciendo que se le haga conocer la decisión adoptada, en la mencionada reunión el Comité Electoral determinó no posesionar al nuevo directorio, entre tanto no se realice una auditoría técnica, otorgando un plazo no mayor de tres semanas, que si se encontraban irregularidades se anulaban las elecciones, caso contrario se procedería a posesionar al nuevo directorio. Sin embargo, de manera sorpresiva el 20 de diciembre de ese año, el Comité Electoral comunicaba la posesión del nuevo directorio, para el 21 de diciembre de 2016, que efectivamente se realizó la posesión por Jacinto Quispaya Sánchez, Presidente de la ACFO. Posteriormente, se apersonaron por la Secretaría de la ACFO, a reclamar la respuesta a sus petitorios de 11 y 12 de ese mes y año, con la presencia de un Notario de Fe Pública donde le manifestaron que no existía respuesta positiva, ni negativa, por lo que vulneró su derecho a petición por las dos instancias como son el Comité Electoral y la Presidencia de la ACFO.