SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0298/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0298/2017-S3

Fecha: 12-Abr-2017

tiene la obligación de probar mediante medios objetivos el riesgo de daño grave e irreparable que pueda ocasionarse en caso de no operar la tutela constitucional de manera inmediata, no siendo suficiente invocar la aplicación de la excepción al principio de subsidiaridad simplemente describiendo hechos que en criterio del accionante puedan ocasionar daños graves e irreparables

Consecuentemente, conforme se tiene anotado en la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico III.1. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional: “…Es imperante establecer que la parte accionante que solicita tutela alegando la causal antes descrita, tiene la obligación de probar mediante medios objetivos el riesgo de daño grave e irreparable que pueda ocasionarse en caso de no operar la tutela constitucional de manera inmediata, no siendo suficiente invocar la aplicación de la excepción al principio de subsidiaridad simplemente describiendo hechos que en criterio del accionante puedan ocasionar daños graves e irreparables”. En el presente caso, al no haberse demostrado de manera objetiva la consumación de un daño irremediable o irreparable, o en su defecto, que la protección podría resultar tardía; resulta inviable ingresar a examinar el fondo de la problemática traída, correspondiendo denegar la tutela pedida por los motivos precedentemente desarrollados.