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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0301/2017-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0301/2017-S2

    Fecha: 03-Abr-2017

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió en parte
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Jurisprudencia reiterada sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
    • solo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
    • las supuestas lesiones a los derechos fundamentales y garantías constitucionales deben ser reparadas en la jurisdicción ordinaria, y sólo en defecto de ésta, de ser evidente la lesión al derecho invocado e irreparable el daño emergente de la acción u omisión o de la amenaza de restricción de los derechos, se acuda a la jurisdicción constitucional
    • no podrá ser interpuesta esta acción extraordinaria, mientras no se haya hecho uso de los recursos ordinarios o administrativos y, en caso de haber utilizado los mismos deberán ser agotados dentro de ese proceso o vía legal, sea judicial o administrativa
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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