SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0350/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0350/2017-S2

Fecha: 03-Abr-2017

1)

Karen Brígida Alí Condori, por informe cursante a fs. 22, ratificándose en el informe presentado por la Secretaria Abogada -codemandada-, manifestó que: 1) El 13 de enero de 2017, remitió antecedente de control jurisdiccional ante la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a objeto de que se resuelva el recurso de apelación formulado por el accionante contra la Resolución 478/2016; 2) El 25 de enero de 2017, se devolvieron obrados al Juzgado Sexto de Instrucción en lo Penal de El Alto; 3) La Sala Penal Tercera, sin revisar antecedentes para determinar a qué juzgado correspondía devolver la causa, envió obrados del recurso de apelación al Juzgado de Instrucción Penal Cuarto con observaciones a subsanar por el Juzgado de origen; sin embargo, y pese a que los antecedentes había sido remitidos al Juzgado Sexto, su similar  cuarto dispuso cumplir la observación; 4) Por instrucciones de la Secretaria del Juzgado Cuarto, se constituyó ante el Juzgado Sexto para efectuar la revisión de antecedentes, habiéndosele informado que el cuaderno de control jurisdiccional se encontraba en una acción de libertad ante la sala Penal Primera; y, 5) El 1 de marzo de 2017, se subsanaron las observaciones realizadas por la Sala Penal Tercera y se remitieron antecedentes a efectos de que se absuelva el recurso de apelación formulado contra la Resolución 478/2016.