SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0351/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0351/2017-S3

Fecha: 25-Abr-2017

fundabilidad

La Jueza Pública Mixta e Instrucción Penal Primera (PLAN 300) de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 01/17 de 3 de marzo de 2017, cursante de fs. 58 a 59 vta., declaró la “fundabilidad” de la actual acción de amparo constitucional, advirtiendo a la parte demandada sobre la “inconstitucionalidad” de sus actuaciones al negar la entrega de las Actas solicitadas por los hoy accionantes dentro de un plazo razonable, fundamentando que durante la sustanciación de la actual acción tutelar, fueron presentadas las Actas pedidas por los nombrados, por lo que esta acción tutelar aparentemente carecería de objeto procesal por hecho superado; sin embargo y conforme estableció la jurisprudencia vertida en las SSCC 0310/2004-R de 10 de marzo y 1995/2010-R de 26 de octubre, se evidencia la lesión del derecho de petición, toda vez que la parte accionante no obtuvo una respuesta oportuna a sus solicitudes, ya que transcurrieron casi ocho meses “antes” de la interposición de esa acción de defensa sin que sus pretensiones fueran atendidas.