SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0389/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0389/2017-S2

Fecha: 25-Abr-2017

vulneró uno de los derechos esenciales consagrado en la Constitución Política del Estado (arts. 48 y 49.III) y en la normativa legal descrita a lo largo de la presente Resolución como es el derecho fundamental al trabajo de la ahora accionante, y por ende de la estabilidad laboral, conforme se tiene desarrollado en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional

En ese orden, de los hechos expuestos en la presente acción de defensa y sobre la base de los antecedentes descritos precedentemente, se ha establecido que la autoridad demandada al no haber dado cumplimiento a la Conminatoria de Reincorporación J.D.T.T. 307/16, dispuesta por la Jefatura Departamental del Trabajo de Tarija, y a su vez confirmada totalmente, tanto por la RA J.D.T.T. 31/2016 emitida por la misma autoridad, así como por la RM 070/17, emanada del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, vulneró uno de los derechos esenciales consagrado en la Constitución Política del Estado (arts. 48 y 49.III) y en la normativa legal descrita a lo largo de la presente Resolución como es el derecho fundamental al trabajo de la ahora accionante, y por ende de la estabilidad laboral, conforme se tiene desarrollado en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, toda vez que no se evidenció en el caso presente, que la accionante haya sido sometida a un proceso interno dentro del cual se determine su despido por alguna de las causales descritas en los arts. 16 de LGT y 9 de su Decreto Reglamentario, abriendo el ámbito de protección que brinda la acción de amparo constitucional para obtener su restablecimiento y conceder la tutela demandada.