AUTO CONSTITUCIONAL 0195/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0195/2017-RCA

Fecha: 31-May-2017

por no presentada

La Jueza Civil y Comercial Segunda del departamento de La Paz, constituida en jueza de garantías, por Resolución 05/2017 de 28 de abril, cursante a fs. 37 y vta. declaró por no presentada la acción de amparo constitucional, fundamentando que: El accionante no subsanó las observaciones realizadas; si bien, mediante memorial presentado el 27 de abril de 2017, expresó que solicitó fotocopias legalizadas del proceso disciplinario al Juez Disciplinario Segundo de la Oficina Departamental del Consejo de la Magistratura de La Paz, éste le informó que el mismo fue remitido a la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura en la ciudad de Sucre; lo que, le imposibilitaba cumplir con la observación relativa a adjuntar toda la prueba mencionada; sin embargo, esa no fue la única observación no subsanada; lo que, conlleva la aplicación de lo dispuesto por el art. 30.I.1 del Código Procesal Constitucional (CPCo).