AUTO CONSTITUCIONAL 0203/2017-RCA
Fecha: 31-May-2017
el Tribunal o Juez de garantías al momento de determinar la admisión o rechazo de la acción de amparo constitucional, debe considerar no sólo que la solicitud sea clara y coherente, sino que guarde relación con los hechos denunciados y los derechos invocados
El Tribunal Constitucional Plurinacional, al respecto se pronunció en el AC 0081/2017-RCA de 3 de marzo de 2017, que cita a su vez al AC 0060/2013-RCA de 10 de abril refiriéndose que: «Un requisito que debe ser observado por la parte accionante es el referido a la vinculación que debe existir entre los hechos jurídicos relevantes y el petitorio; es decir que, el Tribunal o Juez de garantías al momento de determinar la admisión o rechazo de la acción de amparo constitucional, debe considerar no sólo que la solicitud sea clara y coherente, sino que guarde relación con los hechos denunciados y los derechos invocados, estableciendo lo que en doctrina se conoce como el nexo o relación de causalidad entre los hechos expuestos, así como los hechos supuestamente vulnerados y el petitorio.
- acción de amparo constitucional
- TRIBUTOS A FISCALIZAR
- IMPROBADA
- a)
- improcedente
- i)
- II.1 Marco normativo constitucional y legal
- en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
- II.3.
- el Tribunal o Juez de garantías al momento de determinar la admisión o rechazo de la acción de amparo constitucional, debe considerar no sólo que la solicitud sea clara y coherente, sino que guarde relación con los hechos denunciados y los derechos invocados
- Resultando imprescindible que el accionante, además de señalar los hechos que considera lesionaron sus derechos, debe establecer entre ambos, un nexo de causalidad como presupuesto esencial para la admisión del recurso’
- ACTA DE INTERVENCIÓN CONTRAVENCIONAL AN-GRORU UFIOR-C-011/2011 de 27 de diciembre de 2011
- se entiende que la acción deberá ser dirigida contra todos los que presuntamente incurrieron en los actos u omisiones ilegales o indebidos que se denuncia
- 2° Disponer