DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2017

Fecha: 02-May-2017

La Concejala o el Concejal designado para ejercer el cargo de Alcaldesa o Alcalde debe ser del mismo partido político, agrupación ciudadana u organización de la nación o pueblo indígena originario campesino, al cual pertenece la autoridad remplazada; en caso que no hubiese, podrá ser designado cualquiera de las Concejalas o los Concejales

I.   El Concejo Municipal designará por mayoría absoluta de votos del total de sus miembros, a la Concejala o Concejal titular y en ejercicio, para que ejerza la suplencia temporal en caso de ausencia o impedimento de la Alcaldesa o Alcalde. La Concejala o el Concejal designado para ejercer el cargo de Alcaldesa o Alcalde debe ser del mismo partido político, agrupación ciudadana u organización de la nación o pueblo indígena originario campesino, al cual pertenece la autoridad remplazada; en caso que no hubiese, podrá ser designado cualquiera de las Concejalas o los Concejales” (las negrillas corresponden al texto original).