DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2017

Fecha: 12-May-2017

Del texto con adecuaciones

Por mandato de la presente Carta Orgánica Municipal, se determina el uso de los idiomas preferentes al Castellano y Guarani en igualdad de importancia en el Municipio de Camiri, sin perjuicio de la utilización de otros idiomas, lenguas o dialectos por habitantes transitorios o permanentes en el territorio Municipal”.

El Gobierno Autónomo Municipal de Camiri, está en sujeción estricta a la Constitución Política del Estado Plurinacional, la presente Carta Orgánica Municipal y otras normas referidas a la autonomía municipal que sean aprobadas por la Asamblea Legislativa Plurinacional, utilizando en su ejercicio los instrumentos normativos referidos a: Leyes Municipales, y Resoluciones Municipales”.

3.     Ejercer funciones de administrador, arrendatario, concesionario o adjudicatario de bienes, obras, servicios públicos y explotaciones municipales, servir de intermediario, fiador, deudor y en cualquier otra actividad financiera, comercial, industrial o de servicios en general, en la cual se encuentre relacionado el Gobierno Autónomo Municipal, sus bienes, servicios y obligaciones.

4.     Usar indebidamente la información y las relaciones derivadas del cargo que ejerce para obtener beneficios para sí, familiares o terceros en los asuntos o trámites que se efectúen en el Gobierno Autónomo Municipal o que se deriven o generen en éste. e. No podrá participar, ni adjudicarse ningún contrato de bienes y servicios hasta un año después de haber dejado el cargo de concejal, por si, ni por interpósita persona, así como no podrá participar, ni adjudicarse la entidad o entidades de la que sea miembro.

I.   Responsabilidad por la función pública: Todo servidor público se encuentra sujeto a los alcances del ámbito de aplicación de la presente Carta Orgánica Municipal, sin distinción de jerarquía, asume plena responsabilidad por sus acciones u omisiones, debiendo, conforme a disposición legal aplicable, rendir cuentas ante la autoridad o instancia correspondiente, por la forma de su desempeño funcionario y los resultados obtenidos por el mismo. Los funcionarios electos, los designados, los de libre nombramiento y los funcionarios de carrera del máximo nivel jerárquico, en forma individual o colectiva, responden además por la administración correcta y transparente de la entidad a su cargo, así como por los resultados razonables de su gestión en términos de eficacia, economía y eficiencia”.

10.  El Gobierno Autónomo Municipal de Camiri, deberá promover políticas de fomento a la creación y consolidación de unidades económicas de producción de Bienes y Servicios y a la utilización de mano de obra local, a través de una revisión, análisis y permanente actualización y adecuación de patentes e impuestos de tuición municipal.

11.  El Gobierno Autónomo Municipal de Camiri, deberá promover políticas de fomento a la creación y consolidación de unidades económicas de producción de Bienes y Servicios y a la utilización de mano de obra local, a través de una revisión, análisis y permanente actualización y adecuación de patentes e impuestos de tuición municipal.

ii.   Son bienes del patrimonio histórico cultural y arquitectónico de Camiri, los bienes patrimoniales arqueológicos, precolombinos, coloniales, republicanos históricos, ecológicos y arquitectónicos del Estado, localizados en el territorio de la jurisdicción Municipal, se encuentran bajo la protección del Estado y destinados inexcusablemente al uso y disfrute de la colectividad, de acuerdo a Ley nacional.