Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2017
Fecha: 02-May-2017
II.7.
II.7. En antecedentes, cursan las Resoluciones Administrativas (RRAA) 209/2015 de 27 de julio, 310/2015 de 7 de octubre y 295/2015 de 30 de septiembre, por las que a solicitud expresa del Subgobernador ahora recurrente, el Gobernador del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija le delega expresamente ciertas funciones y competencias (fs. 165 a 167, 172 a 173 y 177 a 178).
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1)
- Fragmento 12
- III.2. Normas concurrentes a la compulsa y resolución de la problemática planteada en el presente recurso directo de nulidad
- delegará
- delegadas
- Fragmento 16
- el recurrente no ha acreditado ostentar delegación expresa, de parte del Gobernador recurrido, en cuanto a la facultad de realizar dicha designación
- INFUNDADO