Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0372/2017-S3
Fecha: 02-May-2017
II.1.
II.1. Cursa Resolución Fiscal de Rechazo de 12 de mayo de 2015, dentro la denuncia interpuesta contra Hilton Carballo Rua -ahora accionante- por el delito de violencia familiar o doméstica, pronunciada por Hortencia Paniagua Céspedes, Fiscal de Materia -hoy codemandada- y presentada ante Moisés Chaile Vilte, Juez de Instrucción Penal Decimoprimero de la Villa Primero de Mayo de la Capital del departamento de Santa Cruz -ahora codemandado- (fs. 22 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre el principio de inmediatez, presupuesto constitucional de inexcusable cumplimiento que reviste a la acción de amparo constitucional
- la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR