Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0381/2017-S3
Fecha: 02-May-2017
II.4.
II.4. Por decreto de 27 de septiembre de 2016, emitido por la Presidenta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, se estableció “Téngase presente el Cite (…) emitida por la Lic. Lourdes Andrea Escobar G. Encargada de Recursos Humanos del Consejo de la Magistratura en el que hace conocer el memorándum de cesación de funciones de la Dra. Karina Elfi Palacios Tellez Juez Técnico del Tribunal de Sentencia 8º de la Capital, por lo que póngase en conocimiento de los Sres. Jueces Técnicos del Tribunal 8º de Sentencia en lo Penal de la Capital, para que los mismos tomen las medidas correspondientes respecto a la realización de los Juicios” (sic [fs. 27]).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables
- devenga de dilaciones indebidas
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- medidas correspondientes ante la cesación de funciones
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR