SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0381/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0381/2017-S3

Fecha: 02-May-2017

III.4. Otras consideraciones

Respecto de la petición del accionante de que se disponga la modificación de la medida cautelar, resulta necesario señalar que el Tribunal  Constitucional Plurinacional a través de la SCP 0789/2015-S3 de 3 de julio estableció que“…es competencia de los jueces ordinarios dentro del ámbito de sus competencias resolver o aplicar medidas sustitutivas -art. 240 del CPP- a quienes corresponde valorar los elementos probatorios existentes y la interpretación de la legalidad ordinaria y en su caso, ponderar la medida cautelar pertinente”, no correspondiendo a los jueces ni tribunales de garantías resolver o aplicar medidas cautelares personales.