SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0383/2017-S3
Fecha: 02-May-2017
Fragmento 4
Ángel René Mendoza Montecinos, Juez de Instrucción Penal Cuarto de El Alto del departamento de La Paz, por informe presentado el 17 de marzo de 2017, cursante a fs. 13 y vta., señaló que: 1) Asumió funciones en el mencionado Juzgado el 23 de septiembre de 2015; y, 2) Se evidencia que el proceso en cuestión fue sorteado y remitido al Tribunal de Sentencia Penal Quinto de El Alto del citado departamento el 11 de mayo de ese año de acuerdo al oficio de remisión y sello de recepción, así como del registro que cursa en el libro de remisión de demandas nuevas a Juzgados, los cuales se adjuntan en fotocopias legalizadas, siendo remitidos en originales, cursando en el Juzgado únicamente las fotocopias legalizadas de los cuadernos de control jurisdiccional.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- III.2.
- EXPONE Y PIDE
- 1)
- CONFIRMAR