SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0385/2017-S3
Fecha: 02-May-2017
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 6 de marzo de 2017, Nancy Zulma Huallpa Condori, madre y representante del menor ahora accionante, solicitó la inmediata cesación de la detención preventiva de su hijo, en vista al incumplimiento de deberes realizado por Jacqueline Cecilia Rada Arana, Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Segunda de la Capital del departamento de La Paz -hoy demandada-, para que la apelación a la negación -de su anterior solicitud- de cesación de la detención preventiva se realice con la mayor celeridad conforme lo estableció la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz en la observación realizada, por la que se dispuso la devolución de obrados hasta la subsanación de la misma, solicitando en esta oportunidad se disponga la inmediata libertad de su hijo al haber sobrepasado los términos establecidos en el art. 291 del CNNA para acceder a la cesación de la detención preventiva (fs. 40 a 42), a lo que la referida autoridad jurisdiccional demandada señaló audiencia a efectos de la consideración de su solicitud para el 13 de citado mes y año (fs. 42).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- Fragmento 7
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Improcedencia de la acción de libertad por sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre la fundamentación de las resoluciones
- permite a las partes conocer
- III.3. Análisis del caso concreto
- de la audiencia realizada del día de ayer
- 2°