SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0414/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0414/2017-S1

Fecha: 12-May-2017

III.5.

Asimismo, corresponde llamar la atención a la Jueza de garantías constitucionales; puesto que, previamente debió revisar si la presente acción tutelar cumplía con los requisitos de admisión y no así fijar la audiencia para posteriormente declarar la improcedencia de la misma, porque habían transcurrido nueve años desde la indicada RA de la FAB 011/2007 y consiguiente extensión del Diploma de Auxiliar de Supervisión de 23 de noviembre de 2007, en ese antecedente, se advierte que no se cumplió con lo establecido en el art. 129.II de la CPE, olvidando que constituye una obligación en el ejercicio de las funciones de autoridades que hacen de jueces y tribunales de garantías, la de verificar la observancia de los requisitos de admisibilidad; por lo que, se exhorta a la Jueza de garantías a tener mayor cuidado a tiempo de conocer y sustanciar futuras acciones de defensa.