SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2017-S1

Fecha: 19-May-2017

Fragmento 21

           De la lectura de la demanda tutelar y lo alegado en audiencia de consideración de esta acción de defensa, se colige que el accionante circunscribe su problemática en los siguientes supuestos fácticos, sobre los cuales este Tribunal basará su pronunciamiento: a) No fue citado con la demanda de asistencia familiar ni con su rectificación en su verdadero domicilio real sino en otros falsos establecidos de mala fe por su             ex pareja; por lo que, interpuso incidente de nulidad de notificación; empero, la Jueza demandada lo rechazó mediante Resolución 373/2016,  continuando la tramitación de la causa, otorgando validez a un acto nulo de pleno de derecho y sometiéndolo a un estado de indefensión, a pesar de que volvió a reclamarlo, pero hizo caso omiso del mismo; en consecuencia, a través de estas actuaciones arbitrarias se vulneraron sus derechos al debido proceso y a la defensa; y, b) No se enteró oportunamente de la existencia de la planilla de liquidación ni del Auto de 26 de septiembre de 2016; por el cual, fue aprobada y se le conminó su cancelación; toda vez que, la autoridad demandada no lo notificó con estos actuados judiciales de forma personal sino en estrados judiciales; razón por la cual, no pudo impugnarlos en su momento; y como consecuencia de ello, de forma arbitraria emitió en su contra mandamiento de apremio; encontrándose actualmente ilegalmente privado de su libertad. Sobre la base de lo denunciado por el accionante, lo constatado por este Tribunal a través de Conclusiones del presente fallo y conforme lo establecido por la jurisprudencia constitucional, corresponde analizar la pertinencia de conceder o denegar la tutela impetrada.