SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2017-S1

Fecha: 19-May-2017

II.6.

II.6.    Silvia Quispe Castillo mediante memoriales de 13 y 23 de septiembre de 2016 presentó liquidación y consecuente solicitud de aprobación de la misma; mereciendo el Auto de 26 de igual mes y año; por el que, la Jueza demandada aprobó la citada liquidación conminando al accionante a cancelar el monto adeudado dentro del tercer día de su notificación, bajo alternativa de aplicar el art. 127 de la Ley 603; asimismo, respondió una nueva solicitud de nulidad de notificación de la demanda, estableciendo que el impetrante de tutela se someta a lo dispuesto en la           Resolución 373/2016 y adecuar sus solicitudes conforme a procedimiento y a los datos del proceso, en observancia de los principios de buena fe y lealtad procesal. De donde se advierte, que el peticionante de tutela no observó la planilla de liquidación ni el Auto señalado precedentemente   (fs. 39).