SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2017-S1

Fecha: 24-May-2017

1)

Arnold Jhon campos Atanacio, Juez Público Mixto, Civil y Comercial de Familia e Instrucción Penal Segundo de Huanuni, mediante informe cursante de fs. 44 a 46, expresó lo siguiente: 1) La acción de libertad no es sustitutiva de otros recursos eficaces, por lo que deben agotarse los mismos para luego recién acudir a la jurisdicción constitucional; 2) El Auto Interlocutorio 38/2017 de 8 de marzo, fue notificado el 14 del mismo mes y año, sin que se haya interpuesto recurso alguno contra la misma, privando a esa instancia corregir las eventuales fallas que se hubieran cometido; 3) No es posible referir que la apelación restringida demoraría mucho, debido a que los imputados no accionaron dicha instancia; y, 4) Los fundamentos de esta acción de defensa son los mismos que del incidente de nulidad por defectos absolutos, lo que fue respondido de forma satisfactoria en el referido Auto Interlocutorio 38/2017 y no existe argumento que haga viable la procedencia de la acción en su contra, y la Resolución que emitió tiene calidad de cosa juzgada conforme previene el art. 126 del CPP, solicitando en consecuencia que se deniegue la tutela.